Toxoplasmosis congénita - Diagnóstico y tratamiento

Para el diagnóstico pueden utilizarse diversos métodos:
- Aislamiento o demostración histológica del microorganismo
- Detección de antígenos toxoplásmicos en tejidos y líquidos orgánicos
- Detección del ADN toxoplasma mediante PCR y serologías. Se solicita PCR en líquido amniótico a las mujeres gestantes con sospecha de toxoplasmosis.
- Ecografía. Debe solicitarse inicialmente junto al estudio por PCR y mensualmente después de la semana 30 de gestación, para investigar así el compromiso fetal.

El tamizaje con IgG se lleva a cabo en el peíodo preconcepcional. Esto permite detectas a las mujeres que tienen títulos positivos de IgG específica para el parásito y que por tanto ya han sido infectadas antes del embarazo. Este grupo de pacientes no requiere estudios adicionales para toxoplasma una vez embarazadas. A aquellas sin niveles de IgG se les debe hacer pruebas para detección de estos IgG contra el parásito desde el inicio del embarazo.

  • Pues bien, si el resultado es negativo, significa que la gestante aún no ha adquirido la infección, por lo cual se deberá de realizar una prueba cada tres meses como método preventivo. Así como se le proporcionarán una educación sobre la higiene y cuidado con respecto al consumo de alimentos, medidas higiénicas generales y evitar la exposición a felinos.
  • En caso de que el resultado de la IgG sea positivo y se tenga un resultado negativo anterior al embarazo, se considera la presencia de un caso de seroconversión y debe iniciarse el tratamiento para tratar la infección. Se solicita un examen por PCR para Toxoplasma gondii del líquido amniótico después de la semana 20 de embarazo para descartar una posible infección fetal. Si la PCR es negativa, se continua el tratamiento placentario durante el resto del embarazo pero,  si esta es positiva, se comprueba que el feto esté o no infectado. Si el feto está infectado, se inicia el tratamiento completo.
  • Si la IgG es positiva y no se tiene resultado de la IgG previo al embarazo, se solicita IGg e IgM a las dos semanas. Si los niveles de IgG permanecen estables y la IgM es negativa, se establece que es una infección antigua que no va a requerir tratamiento.
  • Sin embargo,, en el caso de que los niveles de IgG se dupliquen y la IgM sea positiva, se confirma una infección reciente y se incia el tratamiento placentario. Además, debe de realizarse una PCR del líquido amniótico para descartar posible infección del feto.
  • Si la IgG es negativa y la IgM positiva, el examen se repite a las tres semanas. Si la IgG es positiva, la infección será muy reciente. Si la IgG persiste negativa, excluimos la infección excepto en gestantes inmunosuprimidas. A estas se les aplicará igualmente un tratamiento placentario y el diagnóstico prenatal.

El diagnóstico definitivo de infección congénitca en el útero se realiza aislando el parásito de la sangre fetal o del líquido amniótico, en presencia de una PCR positiva en el líquido amniótico o la presencia de IgM específica para el parásito en sangre fetal.

Una vez se confirma la infección materna sin evidencia de transmisión fetal, se inicia el tratamiento placentario. Esto se trabaja con espiramicina (50mg, 2 veces al día, 2 días, y acto seguido 1 vez al día), ácido folínico (10-20 mg/día) y sulfadiazina (2g 2 veces al día). La toxicidad de este tratamiento es mínima y no se han comprobado efectos teratógenos. 

En el recién nacido infectado, la pauta de tratamiento constaría de pirimetamina (1 mg/kg cada día durante 2-6 meses, luego 1 mg/kg a días alternos hasta completar 1 año), sulfadiazina (100 mg/kg/día, fraccionados en 2 tomas durante 1 año) y ácido folínico (10 mg 3 veces a la semana). Se aumentarán las dosis si es necesario por acción tóxica de la pirimetamina.

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